¿Cómo pagar tu declaración de la Renta 2024? Opciones, plazos y aplazamientos paso a paso

¿Cómo pagar tu declaración de la Renta 2024? Opciones, plazos y aplazamientos paso a paso

Concluimos nuestra guía Modo Cripto para la Declaración de la Renta 2024 para inversores en criptomonedas con un tema clave: el pago. Si el resultado de tu declaración es a ingresar, es decir, te toca pagar, es importante conocer todas las formas que ofrece la Agencia Tributaria para hacerlo de forma correcta, segura y adaptada a tu situación financiera.

 

Ya sea que optes por el pago único, el fraccionamiento sin intereses o incluso el aplazamiento, en este artículo te explicamos con detalle las modalidades, plazos, condiciones y errores que debes evitar.

Pago único o fraccionado: ¿qué me conviene?

Al presentar tu declaración, si el resultado es a ingresar, la primera decisión es clara: ¿quieres pagar de una sola vez o prefieres fraccionar el pago en dos plazos?

  • Pago único: puedes realizar el ingreso del total antes del 30 de junio de 2024, fecha límite de la campaña.

  • Pago fraccionado: puedes dividir el importe en dos plazos, sin intereses adicionales:

    • 60% en el primer plazo: debe abonarse antes del 30 de junio.

    • 40% en el segundo plazo: se paga automáticamente el 5 de noviembre si has elegido domiciliación.

⚠️ Importante: asegúrate de domiciliar también el segundo pago. Si no lo haces, tendrás que obtener el documento para abonarlo manualmente y, si se te pasa el plazo, te expones a intereses de demora.

¿Cómo domiciliar el pago?

La opción más cómoda y habitual es domiciliar el pago directamente desde tu cuenta bancaria.

  • Plazo máximo para domiciliar: 25 de junio.

  • Requisitos: presentar la declaración antes de esa fecha e indicar una cuenta con saldo suficiente.

La Agencia Tributaria cargará automáticamente el importe el 30 de junio (o el 5 de noviembre, si optas por el fraccionamiento).

¿Qué pasa si presento la renta después del 25 de junio?

En ese caso, ya no podrás optar por la domiciliación. Deberás utilizar alguna de estas opciones:

  • Pago con cargo en cuenta: requiere identificación con Cl@ve PIN o certificado digital. Se carga el importe directamente el día de la presentación.

  • Pago con tarjeta bancaria: mismo procedimiento que el anterior.

  • Pago con NRC (Número de Referencia Completo): puedes obtenerlo en tu banco o banca online al realizar el ingreso. Luego deberás introducirlo en Renta Web para completar la presentación.

  • Ingreso presencial en ventanilla: con el documento de ingreso facilitado por la Agencia Tributaria.

¿Y si no puedo pagar ahora? Opción de aplazamiento

La Agencia Tributaria permite solicitar un aplazamiento del importe a ingresar si no puedes hacer frente al pago en el momento. Esta opción requiere seleccionar «Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento» al presentar la renta.

¿Qué debes tener en cuenta?

  • La renta debe presentarse dentro de plazo (antes del 30 de junio).

  • El aplazamiento se solicita justo después de la presentación.

  • Hasta 50.000 euros de deuda total con Hacienda: no se exigen garantías (desde 2023 se amplió este límite, antes era de 30.000).

  • Más de 50.000 euros: necesitarás aportar garantías (aval bancario, seguro de caución, hipoteca…).

Plazos y cuotas: tú eliges

Una vez hayas solicitado el aplazamiento:

  • Puedes proponer el número de cuotas: hasta un máximo de 24 meses si no se requieren garantías.

  • Indicar la fecha de inicio de los pagos (por ejemplo, el 5 o el 20 de septiembre).

  • Hacienda resolverá favorablemente de forma automática si el importe es inferior a 3.000 euros.

📩 Recibirás una notificación electrónica con el calendario de pagos, el importe de cada cuota y el tipo de interés legal de demora aplicable.

¿Puedo adelantar pagos si mi situación mejora?

Sí. Puedes acceder en cualquier momento al portal de la Agencia Tributaria y realizar pagos parciales o totales, lo que permitirá reducir el número de cuotas o cancelar el aplazamiento anticipadamente.

En resumen:

  • Elige entre pago único o fraccionado (sin intereses).

  • Domicilia antes del 25 de junio si quieres olvidarte de preocupaciones.

  • Si necesitas más flexibilidad, solicita un aplazamiento hasta 24 meses.

  • Guarda justificantes de cada paso y revisa los saldos de tus cuentas para evitar recargos.

📽️ Este vídeo completa nuestra Guía Modo Cripto para la Declaración de la Renta 2024 dirigida a inversores en criptomonedas. Si te lo perdiste, revisa los capítulos anteriores para aprender cómo declarar tus operaciones cripto de forma clara, segura y rigurosa.

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